Conocer los derechos del huésped es necesario ya que, cada vez más, por razones de comodidad, elegimos el hotel como lugar de hospedaje para pasar las vacaciones.

 

Toma nota de estos derechos antes de comenzar tus vacaciones o, simplemente, antes de iniciar cualquier viaje en el que necesites alojarte en algún establecimiento hotelero.

 

  • Categoría del Hotel: Aunque cada Comunidad Autónoma tiene su propia legislación sobre la clasificación (estrellas) de los hoteles (en Canarias el Decreto 142/2010 de 4 de octubre), en la práctica las diferencias son mínimas. Debemos tener en cuenta que los estándares o requisitos mínimos por categoría no son los mismos en España que en el extranjero. Así que si contratamos un hotel en el extranjero tenemos derecho a ser informados de las estrellas del establecimiento y su correspondencia en España.

 

  • Overbooking o sobreocupación hotelera: El hotel tiene obligación de realojarnos en otro de igual o superior categoría sin sobrecostes y correr con los gastos de traslado o devolvernos el dinero si optamos por cancelar.

 

  • ¿Cómo evitarlo?
    • Dejar una garantía económica a la hora de reservar.
    • Solicitar del hotel confirmación de la reserva por e-mail.

 

  • Tenemos derecho a indemnización siempre que no aceptemos el cambio:
    • Si nos trasladan a otra ciudad.
    • Si nos realojan en la zona, pero en hotel de peor categoría.

 

  • Hora de entrada y salida: No existe norma que la fije, por lo que será la que pacte el cliente y el establecimiento (en la práctica la fija el hotel) y habrá de constar en el documento de admisión.

 

  • Cancelación de la reserva: La fecha tope para anular una reserva de alojamiento sin gastos (“reléase”) depende de la política del hotel, por lo que es importantísimo que nos informen, documentalmente, en la reserva sobre dicha posibilidad y las condiciones.

 

No obstante, si la anulación se debe a causas de fuerza mayor (enfermedad, asistencia a juicio o mesa electoral, cancelación de vuelo, etc.), el hotel no puede cobrar gastos de cancelación.

 

  • Robos: Los hoteles no se responsabilizan por pérdida o robo en las habitaciones. Si se contrata caja fuerte, con la solicitud debe acreditarse, documentalmente, qué se deja dentro y cuál es su valor.

 

  • Accidentes: El hotel debe indemnizarnos en caso de accidente por mal estado de las instalaciones o falta de diligencia del establecimiento.

 

IMPORTANTE: Conservar siempre la reserva, el documento de admisión, publicidad utilizada para elegir el hotel, facturas, etc. para realizar cualquier reclamación, rellenando la Hoja de Reclamaciones o acudiendo al Juzgado.

 

Por: Rosa Inés Ramos

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